21Mayo2013

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Colombia

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Mesa de trabajo cárcel Distrito Judicial de Barranquilla

ImageEl Comité de Solidaridad con los presos políticos seccional Atlántico, envía documento que fue realizado en el año de 1997 por presos políticos que hacían parte de las ya extinguidas mesas de trabajo. Este documento muestra cómo se mantiene la situación actual en las cárceles del país en especial en Valledupar a pesar de haber ya pasado 11 años de la realización del documento.

Mesa de trabajo cárcel Distrito Judicial de Barranquilla


Las altas Cortes en Colombia y el Ministerio de Justicia se han pronunciado en reiteradas ocasiones sobre los derechos de las personas privadas de la libertad reconociendo que aun  cuando la libertad física y libre locomoción se encuentran suspendidos, derechos como la intimidad familiar y personal y el libre desarrollo de la personalidad se encuentran restringidas, las personas privadas de la libertad conservan inmodificables todo sus derechos fundamentales, como son : derecho al reconocimiento de la Dignidad Humana, a la Vida e integridad personal, a la igualdad ante la ley, a la personalidad jurídica, a la libertad de pensamiento, expresión y culto, a la petición y a la información, al debido proceso, a la Defensa al Trabajo, educación, enseñanza y recreación, a la salud, a la presunción de inocencia, etc.

 

La Corte Constitucional ha sostenido en reiteradas ocasiones, que todos los derechos de las personas privadas de la Libertad se encuentran vulnerados y mas grave aun, continúan deteriorándose cada vez más en una forma acelerada.


En relación a la Administración de Justicia, observamos con preocupación como los Fiscales y Jueces no ciñen sus actuaciones al impero de la Ley y es así como los Fiscales, haciendo uso de su poder omnímodo, disfrutan imponiendo medidas de aseguramiento y resoluciones de acusación sin llevar a cabo investigaciones profundas y exhaustivas que permitan hallar la verdad en los procesos penales. Estas investigaciones la hacen buscando solo lo desfavorable para el sindicado desconociendo que su labor fundamentalmente es dar con la verdad, sin importar a quien beneficia.

Es así como en Barranquilla han ingresado a la cárcel Modelo, un sinnúmero de personas por diferentes delitos, a los cuales la fiscalía ha tenido por cierto el informe policial para dictar las medidas de aseguramiento, informes que en la mayoría de las ocasiones son manipulados por los organismos de seguridad en afán de mostrar resultados y conseguir, meritos y permisos.

La fiscalía en su afán de mostrar resultados, ha violado el Debido Proceso, desconociendo la presunción de inocencia, el derecho a la defensa, igualdad ante la ley, derecho a la contradicción de la prueba, etc. ya que han colocado por encima de todo el ordenamiento jurídico sus consideraciones personales.
A este proceso de desorganización y corrupción se han adherido los jueces quienes han tomado como ciertas todas las pruebas presentadas por una Fiscalía que no investiga y además de ello han condenado a personas sin el suficiente acervo probatorio.

Los funcionarios judiciales violan constantemente toda la ritualidad procedimental, especialmente lo relacionado con los términos otorgados por la ley para tomar decisiones, demorándose en la mayoría de los casos, de 1 a 4 meses más de lo que la ley les permite. Así mismo no hacen uso de los subrogados penales que benefician a los condenados y sindicados, para que estos puedan recuperar su libertad y descongestionar así los centros carcelarios.

La oficina de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, presentó en Ginebra, su cuarto informe anual sobre los Derechos Humanos en nuestro país haciendo una radiografía de la situación de las cárceles y señaló al respecto: “Las precarias condiciones en que se encuentran los internos en los diferentes centros de reclusión del país, en las estaciones de policía y en las salas de retenidos del DAS, SIJIN, CTI, DIJIN, distan mucho de ser consideradas respetuosas de la dignidad Humana”. “El incremento de la violencia como resultado de la superpoblación carcelaria, la disputa por el ejercicio del poder y el control en las cárceles de los diferentes grupos al margen de la Ley, así como la existencia de diferentes tipos de armas y los altos índices de corrupción. Situaciones que han puesto de manifiesto la falta de control del estado y la ausencia de Políticas Institucionales para la promoción del desarrollo integral de los reclusos”

El hacinamiento y la violación sistemática de los derechos fundamentales del recluso, son el denominador común de la cárceles en el país, las cuales no cuentan con un espacio social, que le permita al interno su desarrollo y crecimiento personal, pues estas se han convertido en lugares de apilonamiento de seres humanos, mas que de centros de resocialización, haciendo indigna su estadía; lo que ha generado incremento de la violencia, corrupción, protesta y amotinamiento.

El lugar donde mas se violan los derechos de las persona privadas de la libertad, según informes de organizaciones de derechos Humanos, es la Cárcel de Máxima seguridad de Valledupar, ya que los internos se les somete a constantes tratos crueles e inhumanos, violándoseles todas sus garantías fundamentales. Para salir de los patios lo hacen esposados de pies y manos (sea donde sea el sitio donde se dirijan) luego los someten requisas donde son desnudos totalmente y les dan la orden de hacer flexiones una y otra vez hasta que los guardias queden satisfechos, exponiendo su genitales de manera degradante y humillante. No hay agua, no hay estudio, ni trabajo, ni actividades culturales, ni deportivas, ni recreativas, así como tampoco se les garantiza el derecho a la petición ni a la salud. En análisis hechos a la comida de los internos se encontraron residuos de heces fecales.

La famosa teoría de la resocialización expresada en la ley 65 de 1993, o código Penitenciario, ha quedado en el papel, es solo letra muerta, pues en nada se cumple lo allí consignado, ya que los llamados pilares par la recuperación del penado al tejido social como los son: educación, el trabajo y la cultura, no se cumple a cabalidad en ninguna de las cárceles del país.

El departamento del Atlántico y la ciudad de Barranquilla, no son ajenos a la realidad nacional, pues hoy sus cárceles cuentan con niveles de hacinamientos bastantes altos, no hay trabajo, educación, la atención a la salud es deficiente, los Consejos de Tratamiento y desarrollo no existen o funcionan a medias. La cárcel distrito Judicial Modelo, con capacidad para 400 internos, hay alberga a 770 internos, la Cárcel Distrital para varones cuya capacidad es de 170 internos cuenta en la actualidad con 340 personas recluidas, la Cárcel de Sabanalarga cuya capacidad es de 35, cuenta con 70 personas en su interior. Situación esta que hace muy difícil cualquier labor de recuperación del ser humano.

Toda la situación expuesta sobre las cárceles muestra una práctica en contravía del respeto de los derechos y dignidad del recluso, principios están contemplados en la constitución nacional y en tratados internacionales, así mismo, es contraria a la función de la pena, es decir, la prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado predicado en el articulo del C.P.

Desde la mesa de trabajo, consideramos que la solución hoy no es la construcción de mas cárceles; mas bien se deben atacar las causas que generan el delito, haciendo una labor social, educativa, a través del fortalecimiento del núcleo familiar y brindando posibilidades de trabajo, estudio y cultura, tanto a las persona privadas de la libertad, como a la población externa deprimida y desplazada, que son bastante vulnerable.

Es necesario echar mano a la alternatividad penal como son los subrogados penales y los beneficios administrativos, así como el beneficio de prisión domiciliaria.

Pedimos hacer un seguimiento a las actuaciones de Jueces y Fiscales, por parte de la Procuraduría, para que se una aplicación correcta y estricta de la ritualidad procesal contemplada en la ley, especialmente los términos de actuación.

Establecer directrices mas exigentes en materia probatoria para imponer medidas de aseguramiento, procediendo a la detención preventiva solo cuando el haz probatorio sea lo suficientemente solido, desconociendo el informe policial como valido para la emisión de las medias de seguridad.

Diseñar programas de desarrollo empresarial, educativo y cultural con la participación de los internos del todas las cárceles del país.